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Si has heredado o comprado una casa, te interesa saber dónde pagar los impuestos

Cada impuesto es un mundo y más si no se sabe si el Estado ha cedido competencias a una autonomía o a un ayuntamiento. Para aclarar dudas sobre dónde liquidar un impuesto, es esencial prestar atención al concepto de residencia habitual (que varía según el impuesto), a las normas de competencia territorial de cada impuesto. Por ejemplo, en el caso de una herencia, el impuesto hay que declararlo en la oficina del territorio donde el fallecido tuvo su residencia habitual.

Pero, ojo, que el hecho de que un impuesto esté cedido a una CCAA no significa que se tenga que pagar dicho tributo en la CCAA. Un ejemplo de esto es el IRPF. La Autonomía en la que resida el contribuyente recibirá parte de la recaudación del impuesto, pero hay que liquidarlo ante la Agencia tributaria (AEAT), y no ante el órgano competente de la CCAA.

La residencial habitual varía según el impuesto a pagar

José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, asegura que el criterio para determinar la CCAA en la que el contribuyente tiene su residencia varía según el impuesto.

  • IRPF: este impuesto considera residencia habitual la que se encuentre en la CCAA en la que el contribuyente haya permanecido un mayor número de días del periodo impositivo.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: este impuesto mantiene el mismo criterio que el del IRPF, es decir, la residencia habitual en la que el contribuyente haya permanecido un mayor número de días del periodo impositivo.    
  • Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD): la residencia habitual será aquella en la que el contribuyente haya pasado un mayor número de días, pero del año anterior. Y el año se contará desde el devengo del impuesto hacia atrás.   Además, se considera que una persona física permanece en el territorio de una CCAA cuando en dicho territorio radique su vivienda habitual.

Dónde pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD)

  • En el caso de una herencia, el impuesto hay que declararlo en la oficina del territorio donde el fallecido tuvo su residencia habitual (mayor número de días en los últimos cinco años). En caso de que el causante no tuviera residencia en España, se tendrá que presentar en la Delegación de Hacienda de Madrid porque la competencia es del Estado.
  • En el caso de una donación, si lo que se dona es un inmueble, el impuesto se deberá presentar en la oficina del territorio en la que esté situado. Si el inmueble está situado fuera de España, la presentación del impuesto se hará en la Delegación de Hacienda de Madrid.
  • En caso de donación de otro tipo de bien, la declaración se hará en la oficina del territorio donde tenga su residencia habitual el donatario (mayor número de días en los últimos cinco años).

Dónde pagar el ITP

  • Si se transmite una vivienda o hay que tributar por el alquiler de un inmueble, el ITP hay que pagarlo en la oficina correspondiente al territorio donde está ubicado el inmueble.
  • Si se transmite un bien mueble, el pago del impuesto se hará en la oficina del territorio donde el adquiriente tenga su residencia habitual (mayor número de días en el último año), si es persona física, o su domicilio fiscal si es persona jurídica.
  • En caso de constitución de préstamos, fianzas y arrendamientos de bienes muebles, el criterio será igualmente el de la residencia habitual (o domicilio fiscal, si es persona jurídica) del sujeto pasivo.
  • “La presentación del ITP por el resto de las transmisiones gravadas se regula, igualmente, en el artículo 103 del Real Decreto 828/1995”, recuerda Salcedo.

Dónde pagar el AJD

Este impuesto se liquidará en la oficina donde se encuentre el Registro en el que deban inscribirse los bienes o actos a que se refiere el documento. Pero en caso de que el acto o documento se refiera a operaciones societarias (como un aumento de capital de una sociedad), este tributo debe pagarse en la oficina del domicilio fiscal de la empresa.

Dónde pagar el IRPF

Aunque parte de la recaudación por IRPF y del Impuesto de Patrimonio vaya a parar a las CCAA, estos dos tributos hay que presentarlos antes la Agencia Tributaria del Estado. Eso sí, la residencia habitual del contribuyente (mayor número de días del último período impositivo), influye y mucho en la tributación y en la existencia de beneficios fiscales.

“En el IRPF, la Comunidad Autónoma que resulte competente por el criterio de residencia, recibirá parte de la recaudación, y tiene competencia sobre la escala de gravamen (autonómica), establecimiento de beneficios fiscales y deducciones autonómicas. En el Impuesto de Patrimonio, la Comunidad Autónoma que recibe los rendimientos del impuesto podrá regular ciertos beneficios fiscales, como pueden ser bonificaciones o mínimos exentos”, señala José María Salcedo.

Dónde pagar la plusvalía municipal  

Este impuesto es un tributo local, con lo que para pagarlo el contribuyente debe acudir al Ayuntamiento del municipio donde se encuentre ubicado el inmueble.

(Fuente idealista.com)

Publicado en Impuestos

Los 27 factores que suman o restan valor en la tasación de tu vivienda

En opinión de muchos propietarios, su casa es única, más aún cuando deciden ponerla a la venta. Esta pasión, cuasi obsesión, por la vivienda propia es un peligro a la hora de valorarla, ya que sacarla al mercado con un sobreprecio puede significar una demora de meses -cuando no años- hasta dar con un comprador. La solución pasa por contar con la opinión de un tasador profesional y por entender que hay factores que suman o restan a la hora de valorar una vivienda. 

Calculadora en mano, César Escobar, codirector de Control de Valoración de la sociedad de tasación Tinsa, explica que la existencia o no de un ascensor puede modificar hasta en el 30% el precio de la casa, la altura de una vivienda sumar entre 3.000 y 6.000 euros por planta, y una terraza, hasta el 25%. Afirmaciones que como todas las de este reportaje pueden ser matizables, ya que cada venta inmobiliaria es única.

Sin embargo, los tasadores profesionales saben diferenciar entre el valor de la vivienda y la opinión del propietario y comprador. También saben que el mercado da por válidas normas y tendencias no escritas que aprecian o deprecian, en muchos casos, entre el 5% y el 15% del valor total.

Con el objetivo de valorar de forma más realista la vivienda, este experto tasador ha identificado hasta 27 características atendiendo a su ubicación, tipo de inmueble y antigüedad, e interior. 

Sobre la ubicación de la vivienda

Factores que suman:

  • Transporte público. Uno de los factores que más impactan en el precio del inmueble “y que más lo va a hacer en el futuro”, explica Escobar. “Todo parece indicar que las condiciones de acceso al transporte privado al centro de la ciudad van a ser más restrictivas, por lo que se buscan situaciones que permitan desplazarse con comodidad en transporte público”, comenta.
  • Centro ciudad. La vivienda en el centro de la ciudad siempre conlleva un sobreprecio, ya que garantiza cercanía a un mayor número y variedad de servicios a pie.
  • Zonas verdes próximas. Contar con un parque en un radio de 10 ó 15 minutos a pie es valorado como positivo para una gran mayoría de compradores, de cualquier perfil.
  • Calle principal. Las viviendas en la calle o calles principales del barrio siempre se valoran por encima de las ubicadas en las secundarias. Aquí la excepción son las que se ven afectadas por una gran circulación o ruido.
  • Proximidad a infraestructuras y servicios. Entre los factores que incrementan el valor también destaca la cercanía con zonas de servicios, siendo los colegios, hospitales, zonas comerciales y deportivas las más valorados.

Factores que restan:

  • Contaminación vial o comercial. “Lo más habitual es que el comprador busque tranquilidad, por lo que un exceso de tráfico de vehículos o de viandantes por tratarse de una zona comercial, pueden afectar negativamente a la tasación”, aclara el experto.
  • Falta de coherencia socioeconómica. Quizá el más sutil de los condicionantes unidos a este apartado. “La desubicación socieconómica no suele favorecer la venta, sobre todo cuando se trata de una por encima del estándar social del barrio. Por el contrario, una vivienda de tipología más modesta ubicada en un barrio socialmente más ambicioso, puede verse favorecida”, destaca Escobar.

Sobre la calidad del edificio y la antigüedad

Factores que suman:

  • Calidad de la edificación. La opinión de Escobar no da lugar a duda: “Cuanto mayor es la calidad del edificio y sus acabados en fachada y zonas como portal, ascensor o escalera, más valor en el mercado”.
  • Garaje. Es un factor que por lo general suma, sobre todo donde hay mayor dificultad de aparcamiento en calle. La mejor forma de evaluarlo es informándose del precio de una plaza en la zona. “En Madrid no tiene el mismo impacto sobre el precio de la vivienda, en zonas donde una plaza cuesta 60.000 u 80.000 euros que donde cuestan 12.000”, considera el tasador.
  • Inspección Técnica de Edificios. Según sea positiva o negativa, el potencial comprador sabe si le espera o no una próxima derrama. Y a la vista de las deficiencias que indique el informe se puede evaluar el monto de su cuantía.
  • Servicios de comunidad. Un edificio que ofrece servicios a la comunidad por encima de la media se sobrevalora. Por ejemplo, una comunidad con piscina en el centro de la ciudad –donde no suele ser habitual en el urbanismo español– puede incrementar el precio entre el 5% y el 15%.
  • Edificios con protección especial. Suele ser muestra de exclusividad y una calidad superior a la media por su arquitectura, antigüedad o historia, por lo que pesa favorablemente. “Pueden contar con excepciones en el pago del IBI. Por el contrario, su especial catalogación puede conllevar una mayor exigencia en su conservación”, explica.
  • Certificación Energética de Edificios. Desde el punto de vista de la tasación profesional, a mayor calificación, mayor valor. Sin embargo, el mercado español sigue sin poner en valor lo que implica una mayor eficiencia energética, algo que “poco a poco irá cambiando en un contexto de encarecimiento de la factura energética”, considera el codirector de Control de Valoración de Tinsa.

Factores que restan:

  • Antigüedad. La norma dice que cuanto mayor es la antigüedad, menor valor. Por supuesto, hay excepciones cuando la conservación es exigente.
  • Ascensor. Su carencia es uno de los factores que más puede devaluar el precio de un edificio, en porcentajes tan significativos como el 30% para edificios sin ascensor del centro de Madrid. En zonas donde la edificación estándar no supera las tres alturas, la disminución del precio puede ser del 7%.
  • Gastos de comunidad. “En una ubicación de alto poder adquisitivo no es muy relevante”, matiza Escobar, “pero en el resto de segmentos inmobiliarios, cuantos menos gastos fijos, mejor”. Afirmación que el tasador matiza cuando entran en juego factores como contar con conserjería u otros.
  • Déficit de servicios. Una situación relativamente novedosa es la de la vivienda cuya comunidad de propietarios ofrece unos servicios por debajo de la media de los ofrecidos en  su barrio. Por ejemplo, en un entorno de urbanizaciones, la vivienda ubicada en una comunidad sin servicios deportivos ve devaluado su valor.
  • Bajos comerciales. Sobre todo en las plantas más bajas, los negocios ubicados en los bajos comerciales también pueden influir en el precio: el comprador rechaza negocio que relaciona con ruidos, olores, tráfico de gente o nocturnidad.  

Sobre el interior de la vivienda

Factores que suman:

  • Piso exterior. Lo normal es que la vivienda exterior sea siempre más cara. Esta afirmación es matizable cuando da a una calle con exceso de tráfico o ruido o  cuando la vivienda interior da a patios de manzana amplio e iluminado. El interior que da a patio de luces, siempre cuenta con un descuento.
  • Calidad de los acabados. Es donde la vivienda se juega entre el 5% y el 10% de su valor, “pero los tasadores valoramos siempre para un comprador medio en condiciones medias”, y Escobar se explica. “Aunque hayas puesto unos grifos de oro o el interiorismo sea realmente sorprendente, no lo vamos a tener en consideración porque no todos los compradores lo van a preciar como una mejora”.
  • Viviendas más pequeñas. Una apreciación que es importante recordar es que comparar el valor por metro cuadrado en la zona es una equivocación, siempre que no sean viviendas similares. Por ejemplo, el precio siempre será más alto en un apartamento de 60 m2 que de 120 m2.
  • Balcón o terraza. “Con la pandemia hay una auténtica obsesión por las viviendas con terrazas”, destaca el experto. “Cuando su superficie es superior a los 15 m2 puede sumar entre el 20% y 25%”.
  • Terraza en ático. Un auténtico tesoro inmobiliario en estos momentos por ser el más codiciado. 

Factores que restan:

  • Planta del piso. Muy importante: “En obra nueva, el precio del mismo piso sube por planta entre 3.000 y 6.000 euros”. Desde Tinsa se explica que las entreplantas y primeras plantas siempre están por debajo del resto del edificio, y los sótanos, semisótanos y plantas bajas tienen grandes problemas de comercialización como viviendas.
  • Conservación. Una reforma estándar de una vivienda de 90 metros cuadrados puede costar unos 60.000 euros. Pasados entre 10 y 15 años se considera amortizada por el tasador, salvo que ofrezca una conservación muy cuidada o sus acabados sean de especial calidad.      
  • Distribución interior. El tasador presta especial atención a los metros cuadrados útiles, “las zonas de paso para conectar estancias sin aprovechamiento, las casas con una estructura de tubo por su gran pasillo, abuhardilladas o con dificultades de ventilación, son penalizadas”.
  • Falta de anejos. En un contexto de disminución de espacio en la vivienda, no sumar a la propiedad espacios como los del trastero o cuarto comunitario de bicicletas resta.

(Fuente idealista.com)

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