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Martes, 25 Octubre 2022 08:09

¿Cómo donar una vivienda a tus hijos?

¿Cómo donar una vivienda a tus hijos?

En la donación de un inmueble entre padres e hijos existen ciertos aspectos a tener en cuenta. Te contamos qué requisitos se deben cumplir, cómo es el procedimiento y qué impuestos habrá que abonar.

Durante la pandemia la cifra relacionada con la donación de vivienda de padres a hijos se disparó. En los últimos años, coincidiendo con la crisis sanitaria, estas operaciones se han incrementado de forma exponencial. De hecho, según el INE este concepto alcanzó cifras récord durante el pasado año. En 2021 se registraron un total de 25.000 donaciones de viviendas, una cantidad nunca vista desde que se comenzó a hacer el histórico de estos datos en 2007. A la situación creada por el virus, hay que sumarle una subida importante sobre la base imponible de los inmuebles en los impuestos de Transmisiones, Sucesiones, Donaciones y Patrimonio, que entró en vigor a principios de este año. Lo que pudo motivar a los contribuyentes para realizar sus donaciones con anterioridad a esta fecha.

Requisitos para donar una vivienda

Lo primero que habrá que tener en cuenta es que una donación debe realizarse siempre en vida. El donante debe estar vivo en el momento en que se formaliza la cesión, factor que diferencia este procedimiento de una herencia. Además, el donante tendrá que ser el titular de la vivienda que, a su vez, deberá estar libre de cargas. Otra exigencia será que el propietario esté al corriente del pago del IBI del inmueble que se va a donar. Si el beneficiario de la donación acepta la misma, se deberán realizar unas nuevas escrituras de propiedad ante notario. Por último, será necesario cambiar la titularidad del inmueble en el Registro de la Propiedad correspondiente.

La donación de una vivienda se considera una alternativa a la herencia. La principal diferencia entre ambos procesos consiste en que, en el primer caso, el donante debe estar vivo en el momento de la cesión.

Cómo hacer una donación de una casa

¿Qué debe hacer el donante?

Los padres deberán acreditar cierta información ante notario para poder realizar la cesión de la vivienda a sus hijos. En primer lugar, deberán acudir al Registro de la Propiedad donde solicitará una nota simple que certifique que es el titular del inmueble. Con este documento, las escrituras de compra de la vivienda y el último recibo del IBI satisfecho, podrá acudir a la notaría para comenzar los trámites necesarios de la operación.

¿Qué debe hacer el donatario?

Para la donación deberán estar presentes el notario, el donante y el donatario (o sus representantes). El primero hará constar su decisión de realizar la donación y el segundo deberá aceptar la misma. Tras esta formalidad se procede a la firma de la escritura de donación. Con este documento y tras el pago de los impuestos relativos a esta transacción, el beneficiario de la operación podrá registrar el inmueble a su nombre en el Registro de la Propiedad. Haciendo así efectivo el cambio de titularidad de vivienda por donación.

Impuestos a pagar al donar una casa

Aunque una donación sea sinónimo de regalo, los padres están regalando una vivienda a sus descendientes, este tipo de transacción no está libre de cargas fiscales. El donatario, como beneficiario, tendrá que hacer frente a una serie de impuestos regulados por las instituciones autonómicas y locales.

El pago de estos tributos deberá hacerse efectivo en el plazo de 30 días hábiles tras la firma de la escritura de donación en el notario. Deberá abonar tanto el impuesto de donaciones, que se regula desde cada comunidad autónoma; como el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que se conoce comúnmente como plusvalía municipal.

Sin embargo, no solo los hijos tendrán que hacer frente al pago de impuestos. Los padres (donantes) también deberán afrontarlos si en la operación queda constancia de que han tenido una ganancia patrimonial con la vivienda cedida. Es decir, si el valor del inmueble es mayor al precio que pagaron por ella cuando la compraron deberán reflejarlo en el IRPF y tributar entre un 19 y un 26% en función del incremento alcanzado.

Excepciones que suponen pagar menos impuestos

  • Cuando el inmueble sea la vivienda habitual del donante y este tenga más de 65 años, no tendrá que pagar el IRPF.
  • Cuando el donante se queda el usufructo del inmueble, donando sola la nuda propiedad, que se consolidará a la muerte del donante.

En definitiva, donar una vivienda a un hijo puede parecer un regalo, pero no sale gratis. Sin embargo, la cuantía final a pagar dependerá mucho de dónde se localiza la vivienda, ya que los impuestos municipales y autonómicos difieren de unos territorios a otros. Conocer cómo es el procedimiento, los requisitos necesarios y los costes vinculados a la operación puede ser de gran ayuda para valorar si este tipo de transacción merece realmente la pena.

(fuente fotocasa.es 27042022)