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¿Qué me pueden prohibir hacer en un piso de alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que los propietarios tienen libertad para prohibir o restringir a los inquilinos ciertas prácticas, como tener mascotas, fumar o hacer obras

Retrasos en los pagos de la renta, modificaciones indeseadas en la vivienda, ruidos que molestan a las vecinos. Los inquilinos pueden tener comportamientos que derivan en conflictos con el propietario de la vivienda. Por ese motivo, muchos caseros deciden incluir una serie de cláusulas en los contratos de alquiler, en las que prohíben a los inquilinos hacer ciertas cosas en base a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta normativa establece que los propietarios tienen libertad para prohibir o restringir a los inquilinos ciertas prácticas, aunque sin entrar en mucho detalle. Para que los inquilinos no se topen con cláusulas abusivas o prohibiciones inesperadas en su contrato de alquiler, el portal inmobiliario Fotocasa recopila las principales actividades los caseros pueden prohibir.

Urbanos deja libertad a los propietarios para decidir si las aceptan o no. “Así, y a pesar de la nueva ley animal, si el propietario de un inmueble en alquiler quiere, tiene derecho a prohibir mascotas en el piso de alquiler, siempre que figure en las cláusulas del contrato”, explica Fotocasa. De la misma manera, el inquilino tendrá derecho a tener animales en el piso, si no existe una cláusula específica que diga lo contrario y siempre que respete las normas para con los vecinos y mantenga la vivienda en buenas condiciones.

Fumar

El propietario tiene la potestad de prohibir a sus inquilinos fumar en la vivienda, si así lo considera. Si bien es cierto que es complicado demostrar si en ella se ha consumido o no tabaco, está en su derecho de no permitirlo. Sin embargo, como sucede en el caso anterior, en el contrato debe existir una cláusula específica que lo indique, de lo contrario, los inquilinos podrán fumar sin problema”, explica Fotocasa.

Hacer obras

Los inquilinos tienen la obligación de dejar la vivienda en las mismas condiciones que la encontraron. De lo contrario, podrían perder la fianza abonada. Por lo tanto, en caso de querer realizar cualquier obra es necesario contar con el permiso del propietario por escrito. Tras avisar al casero de pueden dar dos situaciones. Por un lado, que se trate de una reforma o reparación necesaria para garantizar la habitabilidad de la vivienda y cuyo coste, en tal caso, deberá asumirlo el propietario. O, por el contrario, que sean pequeñas reparaciones del hogar por el desgaste diario, cuyo precio sea inferior a los 150 euros, y que sean para el correcto funcionamiento de este. En tal caso, estas correrán a cuenta del inquilino. En este artículo puede conocer con mayor detalle a quién de la corresponde asumir las reparaciones de un piso de alquiler.

Pintar

De nuevo, hay que recordar que la vivienda debe devolverse en las mismas condiciones en las que se entregó. Por lo tanto, aunque pintar la casa no supone modificar la estructura de la vivienda, las paredes deberán tener su color original al finalizar el contrato. De lo contrario, el inquilino se expone a perder la fianza, aunque tiene la opción de consultar con el propietario si le parece bien que se pinte la casa y los colores elegidos para lograr su aprobación y evitar conflictos posteriores.

Disfrutar de la piscina comunitaria

La norma es que el inquilino pueda disfrutar de todos los espacios comunes asociados a la vivienda que tiene alquilada, como puede ser la piscina comunitaria, pistas de tenis, gimnasio, etc. No obstante, esto deberá quedar reflejado en el contrato de arrendamiento, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos deja libertad a las partes para que decidan quién tiene el derecho de usar las zonas comunitarias del edificio. Y es que las dos partes no pueden hacer uso de las instalaciones al mismo tiempo. Es decir, si el propietario le cede al inquilino su uso, él no podrá acceder a dichas zonas, y viceversa.

(fuente la razón.es 22032022)

Publicado en Alquiler