Blog

 

En nuestro BLOG conseguirás siempre información importante, util e interesante del medio inmobiliario

Mostrando artículos por etiqueta: coronavirus

El sector inmobiliario, "tocado de muerte" por la crisis del COVID-19

La crisis sanitaria del coronavirus y el parón en la economía española por el estado de alarma en el que se encuentra sumido el país, que trata así de contener los contagios, ha puesto contra las cuerdas al sector inmobiliario, afectado por el frenazo económico y al que el COVID-19 ha "tocado de muerte".

Así lo ha explicado a EFE la presidenta de la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) de España, Nora García, quien ha aseverado que su sector tendrá enormes dificultades para "reponerse" cuando termine el confinamiento porque está "tocado de muerte": "Ya veníamos con un poco de frenazo y esto ha sido la puntilla", ha lamentado.

Según ha detallado, la actividad inmobiliaria ha quedado "paralizada al 100 %" y se resume ahora en mantener vivo el contacto con potenciales clientes para que, cuando pase el estado de alarma, puedan reactivar las operaciones.

"La gente quiere visitar las casas y eso ya no lo podemos hacer. Nuestra actividad se ha visto reducida a estar en contacto con los clientes para enviarles ánimo y recordarles que seguimos aquí", ha indicado.

Por ello, ha aseverado que los locales comerciales tendrán que esforzarse mucho para "arrancar" porque, en la mayoría de los casos, las inmobiliarias que los gestionan "trabajan a dos o tres meses vista", de modo que los ingresos no serán inmediatos aunque se restablezca la actividad.

"Abriremos la persiana, pero empezaremos a facturar al cabo de unos meses. No es como en la hostelería, por ejemplo, que tendrán ingresos enseguida. A nosotros nos va a costar reponernos", ha enfatizado.

Por otro lado, García ha pronosticado que la congelación del tejido económico del país, en cuarentena por el coronavirus, puede llevar a largo plazo a una bajada en los precios de los alquileres, arrastrados por el aumento de la oferta, a la que se sumarán muchos pisos turísticos actualmente vacíos.

En este sentido, ha aclarado que, como la actividad turística está a cero por la cuarentena y se prevé que tarde meses en recuperar la normalidad, muchas casas que habían desaparecido del parque de viviendas regresarán al mercado.

"Pequeños inversores sacarán sus viviendas para alquileres habituales y las empresas que no tienen mucho colchón devolverán incluso edificios que habían adquirido para rentas turísticas", ha asegurado antes de agregar: "Habrá mucha más oferta y en unos años los precios pueden volver a bajar".

Por su parte, el portavoz de Idealista, Fernando Encinar, ha subrayado que el sector inmobiliario atraviesa una "enorme incertidumbre y mucha volatilidad" debido al impacto económico de la pandemia que se ensañará especialmente con el segundo trimestre del año, al que dejará una huella "muy relevante".

A su juicio, no está tan claro que los precios de las rentas lleguen a bajar cuando termine el estado de alarma, ya que la demanda del alquiler, ha asegurado, se disparará.

"El confinamiento durante tantas semanas está confirmando a muchos inquilinos que no viven en la casa en la que querrán vivir después de todo esto", ha recalcado.

De este modo, si hasta ahora la ubicación era una característica determinante para escoger una vivienda en alquiler, probablemente los arrendatarios comenzarán a priorizar otros elementos, como "el espacio, la altura, la luz o las vistas".

"Estamos notando que, según pasan los días, hay un aumento de búsquedas de alquiler y muchos futuros inquilinos están ya guardándose los pisos que les gustan para ser los primeros en verlos cuando puedan ir físicamente", ha advertido.

Publicado en Negocios

Qué propietarios deben aceptar la moratoria del alquiler


    Cualquier inquilino en situación de vulnerabilidad económica podrá solicitar la moratoria al arrendador cuando éste sea una empresa o entidad pública (por ejemplo, EMVS) o un gran tenedor, entendiendo por tal una persona física o jurídica que sea propietaria de más de 10 viviendas, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2. Eso sí, siempre que no se hubiera conseguido ya con carácter voluntario por acuerdo entre ambas partes. Aquí mostramos un listado de empresas que condonan o aplazan el pago de la renta del alquiler.El real decreto señala que esta moratoria de los grandes tenedores puede ser un aplazamiento del pago del alquiler o incluso la condonación total o parcial de la deudaarrendaticia. Es decir, el propietario de la vivienda (gran tenedor) deberá escoger las siguientes alternativas:


     a) Una reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno y las mensualidades siguientes si el plazo fuera insuficiente en relación con la situación de vulnerabilidad provocada a causa de COVID-19, con un máximo, en todo caso, de cuatro meses.


     b) Una moratoria en el pago de la renta arrendaticia que se aplicará de manera automática y que afectará al periodo de tiempo que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno y a las mensualidades siguientes, prorrogables una a una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con la situación de vulnerabilidad provocada a causa del COVID-19, sin que puedan superarse, en ningún caso, los cuatro meses. Dicha renta se aplazará a partir de la siguiente mensualidad de la renta. Se fraccionarán las cuotas durante al menos tres años, que se contarán a partir del momento en el que se supere la situación de vulnerabilidad, o a partir de la finalización del plazo de los cuatro meses antes citado, y siempre dentro del plazo a lo largo del cual continúe la vigencia del contrato de arrendamiento o cualquiera de sus prórrogas. El inquilino no tendrá ningún tipo de penalización y las cantidades aplazadas serán devueltas a la persona arrendadora sin intereses.


Qué alternativas tiene el propietario particular :


     En el caso del pequeño propietario, entendido como aquel que cuenta con menos de 10 viviendas en propiedad, podrá aceptar del inquilino, voluntariamente, el aplazamiento del pago de la renta o la condonación total o parcial de la misma, si no se hubiera acordado nada previamente entre las partes.


     El propietario tendrá siete días laborables para aceptar las condiciones, pero en caso de no aceptar el aplazamiento o condonación (porque, por ejemplo, no pudiera permitírselo tampoco económicamente), el inquilino vulnerable tendrá acceso al programa de ayudas de financiación reguladas en el real decreto, como son las ayudas directas o un microcrédito del ICO. Por tanto, para el pequeño arrendador la moratoria es optativa.


     Cómo sabe el inquilino si su propietario es gran tenedor o no

     Desde el despacho de abogados Ashurst señalan que "lo lógico es pensar que el arrendatario lo sabrá cuando obtenga la respuesta de su arrendador a la solicitud formulada por su parte: si le dice que no lo acepta, el arrendatario sabrá que no es un gran tenedor; sino tendrá que responderle ofreciendo alguna de las alternativas del Real
Decreto".
     Por su parte, Carmen Giménez, abogada titular de G&G Abogados, subraya que el inquilino puede saberlo también a través del registro de la propiedad. "Se pueden buscar todos los inmuebles de una persona en todo el ámbito nacional metiendo el DNI del titular", añade.


(Fuente idealista.com)

Publicado en Alquiler