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Guía de un desahucio: estos son los dos pasos legales para recuperar una vivienda okupada

En los últimos meses están creciendo las inquietudes entre los propietarios relacionadas con los impagos del alquiler, la okupación de viviendas y la necesidad de iniciar un proceso de desahucio. Según un estudio de ASVAL, esos son los grandes temores de los pequeños caseros y la principal fuente de sus preocupaciones en el 80% de los casos.

Ante una problemática de este tipo, como explica Arantxa Goenaga, abogada y socia del despacho Círculo Legal, “es importante saber cómo actuar y hacerlo lo más rápido posible, pues estos procesos acostumbran a ser largos y costosos para el propietario”.

Con el fin de despejar dudas, la letrada resume los pasos legales que hay que dar para recuperar una vivienda u otra propiedad inmobiliaria que haya sido okupada, aunque alerta de que suele tratarse de procesos complejos y que se dilatan en el tiempo.

Lo primero que debe hacer un propietario cuando se da cuenta de que un piso u otro inmueble ha sido okupado “es informar a la Policía para poner la correspondiente denuncia”, afirma la letrada.

En este punto el tiempo es vital, ya que el plazo que tiene la Policía para desalojar a los okupas es de 24 horas. Pasado ese plazo, la ocupación ilegal “se convierte en un proceso civil, por lo que la acción a tomar para recobrar la posesión de la vivienda es interponer una demanda” en el juzgado, lo que retrasará la recuperación de la vivienda.

“Es importante hacerlo tan pronto como sea posible porque, primero, los plazos van corriendo, y segundo, los juzgados tienen su ritmo y sus tiempos. Por lo que actuar rápido será fundamental para recuperar la posesión del piso o casa”, recalca Goenaga.

En este sentido, la abogada argumenta que la eficacia a la hora de llevar a cabo este proceso también es clave de cara a una posible “responsabilidad civil”. Es decir, que en el caso de que se produjera algún accidente dentro del inmueble ocupado, el propietario podría ser declarado responsable si el inmueble no estaba en las condiciones correspondientes y adecuadas.

Por este motivo, la socia del despacho de abogados recuerda la importancia de interponer el correspondiente procedimiento judicial en caso de sufrir una okupación de una propiedad.

“Es muy importante que cualquier persona a la que le hayan ocupado una propiedad, interponga el correspondiente procedimiento judicial para recuperar su posesión. No solo porque le destrozarán la propiedad, sino porque también puede haber problemas con vecinos y terceras personas, que pueden derivar en accidentes u otros sucesos. Por todo esto siempre hay que empezar las acciones judiciales pertinentes”, concluye Goenaga.

(fuente idealista.com 13012022)

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Un 80% de los propietarios teme que sus casas sean okupadas, según Asval

Entre enero y septiembre del año pasado se contabilizaron 13.389 (allanamientos o usurpaciones, puesto que en las denuncias policiales no se delimita y es el juzgado el que determina la calificación), según datos oficiales. Por este motivo, Asval (Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler) y el SIMA (Salón Inmobiliario de Madrid) han elaborado el informe: 'El alquiler y su contexto normativo y de desarrollo'. Este documento recogido por el ABC afirma que el 80% de los propietarios con viviendas en alquiler temen que sus propiedades sean okupadas. 

De todos modos, si los temores se confirman y la casa ha sido okupada, el afectado debe saber qué hacer en este caso, y sobre todo, cómo ejecutar para que este proceso no se alargue en el tiempo.

"Lo primero que tiene que hacer un propietario cuando se da cuenta de que un local o un piso ha sido ocupado es informar a la Policía para poner la correspondiente denuncia diciendo que tienen esta ocupación, porque si es en el plazo de 24 horas la Policía, en principio, tiene que sacar a estas personas del piso o del local ocupado", afirma al diario en cuestión Arantxa Goenaga, abogada y socia de Círculo Legal

Esta letrada hace especial hincapié en la celeridad porque al término de las 24 horas la okupàción se convierte en un proceso civil y entonces la única solución es interponer una demanda para poder recuperar la vivienda okupada. 

Además, el propietario también iniciar otro proceso específico denominado interdicto. "En este caso, el trámite puede iniciarse si hace menos de un año de la ocupación y contempla la posibilidad de llevar a cabo medidas cautelares para la recuperación del piso mientras se tramita el procedimiento", asevera. "Pese a que no puede utilizarse en todas las ocasiones, ya que las sociedades no pueden solicitar esta medida cautelar, es el procedimiento más efectivo para recuperar cuanto antes el piso o casa y que el procedimiento judicial siga tramitándose", matiza la abogada.

"Es muy importante que cualquier persona a la que le hayan ocupado una propiedad, interponga el correspondiente procedimiento judicial para recuperar su posesión. No solo porque le destrozarán la propiedad, sino porque también puede haber problemas con vecinos y terceras personas, que pueden derivar en accidentes u otros sucesos. Por todo esto siempre hay que empezar las acciones judiciales pertinentes", finaliza la experta de Círculo Legal.

(fuente idealista.com 11012022)

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